Los gobernadores regionales y los alcaldes provinciales y distritales que no instalen sus respectivos Comités de Seguridad Ciudadana o que carezcan de un Plan de Seguridad Ciudadana serán sancionados con la suspensión de sus funciones por el plazo de 30 días y esa falta será considerada grave.

Así lo determina el decreto legislativo publicado el sábado 31 de diciembre de 2016 en el Boletín de Normas Legales del diario El Peruano, que modifica la Ley Nº 27933, Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. En la mismo disposición legal se indica que la Policía Nacional trabajará de forma cercana con las municipalidades para fortalecer el Sistema de Seguridad Ciudadana.

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