Defensoría del Pueblo encuentra deficiencias en libros de reclamaciones de municipalidades trujillanas
Luego de una supervisión inopinada a las Municipalidades distritales de Simbal, La Esperanza, El Porvenir, Laredo, Víctor Larco Herrera, Huanchaco, Salaverry, Moche y Florencia de Mora, la Defensoría del Pueblo detectó que en éstas instituciones no se cumple a cabalidad los procedimientos que establecen un buen registro y tratamiento de un reclamo ciudadano, según lo establecido en el Decreto Supremo N°. 042-2016-PCM.
Por tal motivo, recomendó a las municipalidades supervisadas a cumplir con los procedimientos establecidos para que funcione adecuada y eficientemente el Libro de Reclamaciones, en beneficio del servicio público y de las personas que acuden a la administración edil.
El Jefe de la Oficina Defensorial de La Libertad, José Luis Agüero Lovatón, indicó que se supervisaron las Municipalidades de Simbal, La Esperanza, El Porvenir, Laredo, Víctor Larco Herrera, Huanchaco, Salaverry, Moche y Florencia de Mora, verificándose en algunos casos que el Libro de Reclamaciones no se encontraba en un lugar visible en la entidad, tampoco se presentaba información sobre su existencia o ubicación, en muchos casos no se ha designado al funcionario responsable que se encargue del Libro de Reclamaciones, se utiliza el formato para instituciones privadas, y lo que más preocupa, indicó, es que no se otorga respuesta oportuna ni se proporciona al usuario una copia o constancia del reclamo efectuado.
En ese sentido, Agüero recordó que el Libro de Reclamaciones constituye uno de los medios más sencillos para que cualquier persona reclame en una institución pública sobre cualquier acto u omisión que implique una atención inadecuada del servicio público, y es el medio más rápido para que el funcionario pueda corregir estas situaciones a fin de brindar una buena atención al ciudadano.
Por tal motivo, recomendó a los alcaldes involucrados a ubicar el Libro de Reclamaciones en un lugar visible y de fácil acceso al público, colocando un aviso sobre su existencia y el derecho que tienen los usuarios para solicitarlo. Asimismo, a entregar una copia o constancia del reclamo efectuado, designar un responsable del Libro mediante resolución del titular de la entidad, elaborar un procedimiento interno para la atención de reclamos y emitir respuesta al ciudadano en un plazo máximo de 30 días hábiles.
Finalmente, hizo un llamado a los alcaldes de La Libertad para que implementen adecuadamente sus Libros de Reclamaciones, a fin que un ciudadano pueda tener la oportunidad de ser escuchado y de esta manera contribuir a la mejora del servicio público y a una atención de calidad.

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